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acceso abierto respon

El acceso abierto es una iniciativa que supone poner a disposición de los usuarios los resultados de la investigación científica original, es decir los datos primarios, metadatos, así como el material anejo que ha resultado de dicha investigación. 

El acceso abierto garantiza:

  • Visibilidad.
  • Transparencia y reducción de costes. 
  • Reutilización de los resultados.
  • Acceso al conocimiento.

Documentación  internacional sobre políticas de acceso abierto

  • Declaración de Budapest 2002
  • Declaración de Berlín 2003
  • Horizonte 2020
  • Programa Horizonte Europa 2021-2027
  • Proyecto OpenAIRE  que promueve el acceso abierto de la ciencia que se produce en Europa.
  • Plan S: es una iniciativa que surge en 2018 para reforzar la publicación de acceso abierto. El plan cuenta con el apoyo de cOAlition S, un consorcio internacional de organizaciones que financian y ejecutan investigaciones. El Plan S exige que, a partir de 2021, las publicaciones científicas que resulten de investigaciones financiadas con subvenciones públicas se publiquen en revistas o plataformas de acceso abierto compatibles.

En España:

Recoge en su artículo 37 los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de llevar a cabo la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas.

  • Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto... de la mencionada Ley. Se trata de una guía práctica (publicada en octubre de 2014) que define los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y especifica cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptar los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica. Aporta recomendaciones específicas para quienes gestionen ayudas públicas a la I+D+i, para las universidades y centros de investigación, para personal investigador y para las entidades suscriptoras de revistas científicas (punto 4.4, que es el que nos afecta directamente).

En la Universidad de León 

Datos de investigación resp

En el proceso de la investigación se generan una serie de datos y materiales que sirven para apoyar y certificar el valor de dicha investigación. Aunque se publican en revistas científicas, no siempre se recogen en los Repositorios institucionales.

Se trata por lo general de datos que se financian con fondos públicos, y que se presentan como el resultado de metodologías y técnicas aplicadas en cualquier rama del conocimiento y pueden aparecer en diferentes formatos.

Atendiendo a a su tipología pueden ser :

        
  • Numéricos: tablas, hojas de cálculo, etc...
  •     
  • Descriptivos: documentos de texto.
  •     
  • Visuales: audios, vídeos, gráficos.
  •     
  • Software, bases de datos

Pueden estar en estado bruto o analizado 

Datos observacionales: Encuestas, informes estadísticos,  

Datos Experimentales: Datos que acompañan a los experimentos en laboratorios, por ejemplo.

Fuente: informe_datos_cientificos_en_esp.pdf (fecyt.es)

Conseguir que la ciencia sea más abierta, accesible, eficiente, democrática y transparente. Este es el objeto que persigue el movimiento Ciencia Abierta (Open Science)

Recomendación de la UNESCO sobre la Ciencia Abierta

Los avances tecnológicos en el ámbito digital hacen posible esta accesibilidad, lo que nos lleva al otro concepto relacionado : Acceso Abierto 

Y un paso más allá, no es menos importante que los datos derivados de la investigación se puedan reutilizar, es decir, hablamos de : Datos Abiertos, tanto científicos,  como datos de los ciudadanos.

Esto implica llevar a cabo una buena gestión de los datos que permita reutilizarlos

En 2016 se definieron las características que deberían tener los datos de investigación.

FAIR:  Findable, Accessible, Interoperable, and Reusable

Findable : Localizable : Datos y metadatos 

Accesible : Recuperables 

Interoperable : Interoperables, utilizando estándares abiertos 

Reusable: Reutilizable por otros investigadores

Fuente : Wilkinson, M., Dumontier, M., Aalbersberg, I. et al. The FAIR Guiding Principles for scientific data management and stewardship. Sci Data 3, 160018 (2016). https://doi.org/10.1038/sdata.2016.18

 

Derechos de autor respon

El autor de una obra, por el mero hecho de serlo, adquiere dos tipos de derechos de propiedad intelectual: los derechos morales y los derechos de explotación o derechos patrimoniales, también conocidos como copyright.

  • Derechos morales, que son intransferibles, y no tienen caducidad
  • Derechos patrimoniales o de explotación: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación. Los derechos de explotación incluyen los derechos de distribución, reproducción, comunicación pública y obra derivada. Estos son transferibles a terceros, con o sin contraprestaciones. 

La trasferencia de los derechos de explotación a terceras partes puede hacerse a través de dos formas: cesión y licencia. En el caso de la cesión, se produce una transmisión de la titularidad sobre estos derechos. En el caso de la licencia, se otorga el derecho a usar o explotar el objeto protegido por la propiedad intelectual en unas determinadas condiciones que pueden incluir contraprestaciones económicas.

LICENCIAS CREATIVE COMMONS  D:\Usuarios\mleonav\Downloads\creative-commons-license-symbol.png

Uno de los aspectos críticos de las publicaciones académicas es que las revistas suelen exigir a los autores la cesión de los derechos de explotación de los trabajos publicados. Para cubrir y preservar la regulación de los derechos de autor se crearon a finales de los años 90 las licencias Creative Commons. El objetivo de estas licencias es establecer un modelo normalizado que proteja la propiedad intelectual de los autores, permitiendo su reutilización bajo condiciones concretas. 

Normativa

BOE

Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual