El número de autores de una aportación deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
Un número elevado de autores implicará la aplicación de un factor de reducción en la valoración del trabajo si sus exigencias de contenido y metodología no lo justifican.
Para ver en detalle se puede consultar en :BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Los artículos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las incluidas en los listados por ámbitos científicos del Journal Citation Reports (JCR), Social Sciences Edition y Science Edition.
Asimismo (sin que necesariamente se valoren por igual), los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes de los listados de Scimago Journal Rank (SJR)
Se podrán valorar también, pero nunca del mismo modo, revistas cuya inclusión en bases de datos especializadas constituya, a juicio del comité asesor, un claro indicio de calidad (por ejemplo, el ranking de revistas científicas con sellos de calidad FECYT o el ranking Dialnet Métricas). En todo caso, la mera indización o indexación de una publicación en una base de datos sin que incluya índices de gradación no es en sí misma un indicio de calidad.
REQUISITOS MÍNIMOS
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Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Se tendrán en cuenta también:
En todo caso, el contenido de las aportaciones publicadas en este formato deberá corresponder claramente a resultados de investigación.
Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022
Se valorará desfavorablemente la reiterada publicación de trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde el solicitante realiza su investigación, así como que las distintas aportaciones se dupliquen o resulten iterativas sin efectiva innovación. También se valorará desfavorablemente el que más de una contribución forme parte de un mismo libro o número de revista.
No se tomarán en consideración:
a) Los libros de texto o manuales.
b) Las obras de divulgación.
c) Las enciclopedias (entradas o edición). d) Las actas de congresos, ya sean publicadas en libro o en revistas como proceedings.
e) Las reseñas y recensiones.
f) Las notas editoriales, las simples traducciones, presentaciones o prólogos que no sean estudio crítico de una obra, así como las ediciones de textos clásicos que no tengan clara relevancia e incluyan estudios preliminares y notas fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático.
g) La realización o dirección de Tesis Doctorales que no sean de excepcionalidad contrastada.
Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022