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Criterios de evaluación por campos científicos

Sexenios 2020. Aportaciones de producción científica según los campos científicos

Criterios / Aportaciones

 

  • El número de autores deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión 

Un elevado número de autores podrá reducir la calificación asignada a una aportación

 

 

 

Para ver en detalle se puede consultar en : BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022

 

Los artículos publicados en revistas de calidad reconocida, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Journal Citation Reports (JCR), Science Edition o Social Sciences Edition» así como en los listados de «Scimago Journal Rank (SJR)», en el año de su publicación.

Para artículos publicados en el año de la convocatoria, el JCR y el SJR de referencia serán el último publicado.

No se tomarán en consideración aportaciones que, aun aparecidas en estas revistas, sean de escasa extensión, tales como notas, contestación a artículos, etc.

A considerar: 

  • alta relevancia las revistas situadas en el primer y segundo cuartil.
  • relevancia media las revistas situadas en el tercer cuartil.
  • relevancia baja las revistas situadas en el cuarto cuartil .

 

En las áreas de Ingeniería, podrían tenerse en cuenta también, pero no necesariamente con la misma valoración, los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales de Ingeniería. 

 

Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022

 

 

  • Los libros y capítulos de libro siempre que estén publicados en editoriales de reconocido prestigio, especialmente internacional, y con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales (según sistemas recogidos en el Scholarly Publishers Indicators) 

Se tendrán en cuenta también:

  • el número y carácter de las citas recibidas que consten en la base de datos Web of Science y/o Scopus.
  • las reseñas y críticas en revistas especializadas, o bien en colecciones de libros.
  • el prestigio de las editoriales.
  • la traducción a otras lenguas.
  • la inclusión en bibliografías académicas independientes del autor y su entorno, así como los indicios de calidad generados.

Quedan específicamente excluidos los libros o capítulos de libro autopublicados o financiados por el autor

 

 

 

Otras aportaciones:

  • Los proyectos singulares arquitectónicos, urbanísticos o de ingeniería que serán valorados por su carácter innovador, constatado por los premios y distinciones recibidos, por su impacto en la literatura especializada nacional e internacional o por haber sido mostrados en exposiciones relevantes con catálogo que no sea autoedición.
  •  Los desarrollos tecnológicos y arquitectónicos importantes cuyo reconocimiento sea demostrable.
  • La participación en exposiciones de prestigio y las de carácter monográfico, dedicadas a un solo autor considerando especialmente la proyección del espacio expositivo (internacional, nacional, local). También se considerará la participación como comisario de aquellas, siempre que se publique un catálogo con repercusión en los medios académicos especializados nacionales e internacionales.

 

 

Para ver en detalle se puede consultar en :BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022

 

 

  • Las patentes en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia.
  • las patentes concedidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas mediante el sistema de examen previo.

 

Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional), valorándose más la de protección más extensa

 

Para ver en detalle se puede consultar en :BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022

 

  • Los libros de texto, programas, apuntes o casos prácticos que tengan carácter de material docente. 
  • Los libros de carácter profesional que no puedan considerarse de investigación por no incluir aportaciones originales contrastables en relación con el tema abordado.
  • Los libros y artículos de divulgación, así como los artículos en revistas de información general.
  • Las comunicaciones a congresos.
  • Las ediciones de textos o las traducciones, salvo que se consideren de singular relevancia, incluyan estudios preliminares o notas que sean fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático.
  • Las meras revisiones recopilatorias, sin ninguna aportación original, aunque estén publicadas en revistas indexadas.
  • La gestión de la investigación, que en ningún caso debe confundirse con la investigación propiamente dicha.
  • Los informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+i, emitidos con carácter interno, que no estén publicados en medios de difusión de calidad contrastada.
  • La actividad profesional que no incorpore innovación, y como tal aparezca reconocida en alguna publicación de impacto nacional o internacional.
  • La realización o dirección de Tesis Doctorales que no sean de excepcionalidad contrastada. Lo que se valora, en cualquier caso, son las publicaciones derivadas de las mismas.
  • Las aportaciones a Comités o entidades de normalización.

 

Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022