Logotipo de la Universidad de León
Logotipo de la Biblioteca      ENGLISH Menú superior

Buscador de la Biblioteca

Skip to Main Content

Criterios de evaluación por campos científicos

Sexenios 2020. Aportaciones de producción científica según los campos científicos

Criterios / Aportaciones

BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022

 

  • El número de autores deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
  • Un número desproporcionado de autores podrá reducir la calificación asignada a una aportación.
  • El solicitante debe justificar su contribución a cada una de las aportaciones en coautoría.

 

 

Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022

 

Los artículos que supongan progreso real del conocimiento en el ámbito del Subcampo 6.2, siendo indicativo de ello el haber sido publicados en revistas de  reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en el listado de su categoría científica en el Journal Citation Reports (JCR), Science Edition, en el año de su publicación. Para artículos publicados en el año de la convocatoria, el JCR de referencia será el último publicado.

Se consideran:

  • Revistas de alta relevancia las situadas en el primer y segundo cuartil.
  • Revistas de relevancia media las situadas en el tercer cuartil. 
  • Revistas de relevancia baja las situadas en el cuarto cuartil 

En cualquier caso, se consideran fundamentalmente aquellas revistas indexadas en las categorías relacionadas en el ámbito de investigación evaluable por el Subcampo 6.2. De forma excepcional, se podrá valorar la relevancia de artículos publicados en revistas indexadas en otras categorías en función de la contribución real al progreso del conocimiento en las áreas del Subcampo 6.2 si la hubiera.

 

 

REQUISITOS MÍNIMOS

 

  • 2 artículos  en el  primer y segundo cuartil. (alta relevancia) + 1 artículo tercer cuartil. (relevancia media)
  • 1 artículo en el primer y segundo cuartil  (alta relevancia) + 3 artículos en el tercer cuartil (relevancia media)

Para ver en detalle se puede consultar en : BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022

 

  • Actas de Congresos

 

Los trabajos publicados en las actas de congresos, cuando estas actas sean vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas incluidas en el JCR Science Edition, como por ejemplo los listados en posiciones relevantes del índice Computing Research and Education (CORE), el SCIE (Sociedad Científica Informática de España) u otro de similar entidad.

 

En este caso, cada aportación podrá ser considerada, con carácter general, como de relevancia media o de poca relevancia a criterio del Comité, y en función de aspectos como puesto en los índices citados, número de páginas, número de autores y naturaleza de la aportación

 

Para ver en detalle se puede consultaren :BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022

 

  • Las patentes concedidas mediante sistema de examen previo (B2) que se encuentren en explotación, verificado mediante contrato de compraventa o contrato de licencia.
  • Las patentes en explotación concedidas en un ámbito internacional se considerarán de relevancia alta, y las concedidas en un ámbito nacional, de relevancia media.
  • Las patentes nacionales extendidas mediante el tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) se considerarán de relevancia alta únicamente si acreditan estar siendo explotadas en un ámbito internacional.
  • En el caso de otras formas de protección de la propiedad industrial o intelectual, para campos donde aquéllas no sean de aplicación (programas informáticos, etc.), el solicitante deberá presentar evidencias de que la aportación supone un desarrollo tecnológico equiparable a una patente. Si tienen reconocimiento y explotación en un ámbito internacional se considerarán de relevancia alta, y de relevancia media si lo tienen en un ámbito nacional.

 

 

Para ver en detalle se puede consultar en :BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2022

 

  • Los libros de texto, programas, apuntes o casos prácticos que tengan carácter de material docente.
  • Los libros de carácter profesional que no puedan considerarse libros de investigación por no incluir aportaciones originales contrastables en relación con el tema abordado. 
  • Los libros y artículos de divulgación, así como los artículos en revistas de información general. 
  • Las ediciones de textos o las traducciones, salvo que se consideren de singular relevancia, incluyan estudios preliminares o notas que sean fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático. 
  • Las meras revisiones recopilatorias, sin ninguna aportación original, aunque estén publicadas en revistas indexadas. 
  • La gestión de la investigación, que en ningún caso debe confundirse con la investigación propiamente dicha. 
  • Los informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+i, emitidos con carácter interno, que no estén publicados en medios de difusión de calidad contrastada. 
  • La actividad profesional que no incorpore innovación, y como tal aparezca reconocida en alguna publicación de impacto nacional o internacional. 
  • La realización o dirección de Tesis Doctorales que no sean de excepcionalidad contrastada. Lo que se valora, en cualquier caso, son las publicaciones derivadas de las mismas. 
  • Las aportaciones a Comités o entidades de normalización.

 

 

Para ver en detalle se puede consultar en : BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022